Publicado el 15 de octubre de 2026 · Matías Angeli

Es una situación muy común: el coche tiene unos cuantos años, el comprador te ofrece 3.000 € y, según la tabla de Hacienda, vale 4.500 €. ¿Puedes venderlo por 3.000? Sí. ¿Pasa algo? Al vendedor, en principio, nada. Al comprador, probablemente sí.
Quién paga y sobre qué
El ITP lo paga el comprador, y la ley dice que se paga sobre el valor real del bien. Para comprobar ese valor, las comunidades autónomas usan la tabla de precios medios de Hacienda: el precio de tu versión multiplicado por el porcentaje de antigüedad.
En la práctica, el valor fiscal funciona como suelo: si el precio declarado está por debajo, Hacienda puede tomar el valor de tablas.
Qué hace Hacienda si declaras menos
Hay dos situaciones posibles:
El programa te corrige al momento. Muchas comunidades calculan el valor de tablas al rellenar el modelo 620. Si el precio es menor, te proponen directamente la base mayor. Es la vía más sencilla: pagas lo que toca y te olvidas.
Lo revisan después. Si declaras el precio del contrato y lo aceptan de entrada, la comunidad puede hacer una comprobación de valores más adelante. Tiene cuatro años para hacerlo. Si lo hace, recibirás:
- Una propuesta de liquidación con el nuevo valor y el impuesto que falta.
- Un plazo para presentar alegaciones.
- La liquidación definitiva, con intereses de demora sobre la diferencia.
Con cifras: compras por 3.000 € un coche con 4.500 € de valor fiscal, en una comunidad con el 6 %. Si declaras 3.000 € pagas 180 €. Si después te comprueban el valor, te reclaman 90 € más los intereses. No es ruinoso, pero es un papeleo que llega cuando ya ni te acuerdas.
Cuándo sí tiene sentido declarar menos
Cuando el coche vale de verdad menos que su valor fiscal: tiene una avería seria, daños de un accidente, muchísimos kilómetros o le falta algo importante. En ese caso:
- Pon en el contrato el estado real del coche (avería, daños, kilometraje).
- Guarda pruebas: presupuestos de taller, fotos, el informe de la ITV.
- Si recibes una comprobación de valores, presenta alegaciones con esa documentación.
- Si no te dan la razón, puedes pedir una tasación pericial contradictoria: tú pagas a un perito, la Administración pone el suyo y, si hay mucha diferencia, decide un tercero.
Lo que no conviene es poner en el contrato un precio que no es el real para pagar menos impuesto. Eso deja de ser una diferencia de valoración y puede acabar en sanción.
¿Y el vendedor?
Para el vendedor particular, el valor fiscal no tiene efecto. Solo debería preocuparse si vende el coche por más de lo que le costó, algo raro en coches usados: en ese caso habría una ganancia patrimonial que se declara en la renta. Si lo vende por menos, la pérdida no se puede compensar en la declaración, porque viene de un bien de uso particular.
Lo que sí importa al vendedor es comunicar la venta a la DGT, para no seguir figurando como titular de un coche que ya no es suyo. Lo explicamos en la guía de la transferencia.
Coches antiguos: el problema desaparece
En las comunidades con cuotas fijas para coches antiguos, el precio declarado deja de influir. En Aragón, un coche de más de diez años y 1.400 cc paga 20 € tanto si lo compras por 500 € como por 5.000 €. Lo mismo pasa en Canarias, Cantabria, Murcia, la Comunitat Valenciana y Galicia, cada una con sus límites de edad y cilindrada.
Resumen
- Puedes vender por el precio que quieras.
- El comprador paga el ITP sobre el mayor entre el precio y el valor fiscal.
- Declarar menos sin motivo suele acabar en una liquidación complementaria con intereses.
- Si el coche vale menos por su estado, documenta el motivo en el contrato y guarda pruebas.
Para saber de antemano cuál será la base y el impuesto, usa la calculadora de ITP con el precio que estáis negociando.


