Saltar al contenido
ValorFiscalCoche

ITP de coches antiguos: las cuotas fijas de cada comunidad

ITP y valor fiscal

Publicado el 15 de octubre de 2026 · Matías Angeli

ITP de coches antiguos: las cuotas fijas de cada comunidad

Para un coche de quince años, el valor fiscal ya es solo el 10 % de su precio de tabla. Aun así, varias comunidades fueron más allá y sustituyeron el porcentaje por una cuota fija para los coches viejos: una cantidad cerrada que depende de la antigüedad y de la cilindrada, sin importar lo que pagues por el coche.

Seis comunidades tienen cuotas fijas en 2026. Estas son sus reglas, sacadas de la ley de cada una.

Aragón: más de 10 años

Texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, artículo 121-6. Vale para turismos, todoterrenos, motos y demás vehículos con más de 10 años de uso:

CilindradaCuota
Hasta 1.000 cc0 €
De 1.001 a 1.500 cc20 €
De 1.501 a 2.000 cc30 €

Por encima de 2.000 cc, y en coches de 10 años o menos, se paga el 4 %. Los vehículos históricos declaran el valor del contrato.

Canarias: más de 10 años

Texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2009, artículo 38 ter. Solo para turismos usados con más de diez años:

CilindradaCuota
Hasta 1.000 cc40 €
De 1.001 a 1.500 cc70 €
De 1.501 a 2.000 cc115 €

El resto tributa al 5,5 %, el tipo canario para bienes muebles. Los históricos quedan fuera de las cuotas fijas.

Cantabria: más de 10 años

Texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 62/2008, artículo 11. Para turismos y todoterrenos, salvo los catalogados como históricos:

CilindradaCuota
Hasta 999 cc45 €
De 1.000 a 1.499 cc60 €
De 1.500 a 1.999 cc90 €

El resto paga el 6 %. Cantabria tiene además tablas propias para vehículos comerciales, motos y ciclomotores.

Región de Murcia: más de 12 años

Texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, artículo 6.10. Para turismos, todoterrenos, motos y demás vehículos con más de doce años de antigüedad:

CilindradaCuota
Hasta 1.000 cc0 €
De 1.001 a 1.500 cc30 €
De 1.501 a 2.000 cc50 €
Más de 2.000 cc75 €

Murcia es la única de la lista que cubre todas las cilindradas. Con cuota de 0 € no hay obligación de presentar la autoliquidación. Los coches de 12 años o menos pagan el 4 %.

Comunitat Valenciana: más de 5 años y menos de 20.000 €

Ley 13/1997, artículo 13. Es la más detallada, porque tiene dos escalones de antigüedad y un límite de valor. Se aplica a turismos, todoterrenos y vehículos mixtos adaptables con valor inferior a 20.000 €, salvo históricos:

CilindradaMás de 5 y hasta 12 añosMás de 12 años
Hasta 1.500 cc120 €40 €
De 1.501 a 2.000 cc180 €60 €
Más de 2.000 cc280 €140 €

Si el coche vale 20.000 € o más, o tiene 5 años o menos y más de 2.000 cc, paga el 8 %. En el resto de casos, el 6 %. Los eléctricos y los híbridos de menos de 2.000 cc nunca pasan al 8 %.

Galicia: 15 años o más

Texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011, artículo 14. Para turismos y todoterrenos con un uso igual o superior a quince años:

CilindradaCuota
Hasta 1.199 cc22 €
De 1.200 a 1.599 cc38 €

Los de más cilindrada pagan el 3 %, el tipo gallego para medios de transporte usados. Sobre un valor fiscal que a esa edad es el 10 % de la tabla, la diferencia con la cuota fija suele ser pequeña.

¿Y en las demás comunidades?

En Andalucía, Asturias, Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Madrid, La Rioja, Ceuta y Melilla no hay cuotas fijas: el coche antiguo paga el tipo de la comunidad sobre su valor fiscal, o sobre el precio si es mayor. Lo bueno es que, a partir de los 12 años, ese valor fiscal es solo el 10 % del precio de tabla.

Un ejemplo: un coche de 2011 con un precio de tabla de 19.000 €, comprado por 1.200 €. Su valor fiscal es 1.900 €.

  • En Madrid (4 %): 76 €.
  • En Extremadura (6 %): 114 €.
  • En Aragón, si tiene 1.598 cc: 30 €.
  • En Murcia, con la misma cilindrada: 50 €.

Cómo se cuenta la antigüedad

Siempre desde la fecha de primera matriculación hasta la fecha de la compraventa, de día a día. "Más de 10 años" significa que el coche ya cumplió los diez: uno matriculado el 20 de noviembre de 2016 los cumple el 20 de noviembre de 2026. Si lo compras unos días antes, todavía no entra en la cuota fija.

Lo que la cuota fija no cubre

La cuota fija sustituye solo al impuesto. Al cambiar de titular siguen haciendo falta la tasa de la DGT y, si recurres a una gestoría, sus honorarios. Lo tienes todo en la guía de la transferencia de un coche usado.

Preguntas frecuentes

¿Un coche de más de 10 años paga ITP en Madrid?

Sí. Madrid no tiene cuotas fijas: aplica el 4 % sobre el valor fiscal (el 10 % del precio de tabla a partir de los 12 años) o sobre el precio de compra si es mayor.

¿Qué es "más de 10 años de uso"?

Que han pasado más de diez años completos desde la primera matriculación hasta la fecha de la compraventa. Un coche matriculado en noviembre de 2016 y vendido en octubre de 2026 todavía no los tiene.

¿Hay que presentar el modelo 620 aunque la cuota sea 0 €?

Depende. En Murcia, la ley dice expresamente que con cuota de cero euros no hay obligación de presentar la autoliquidación. En otras comunidades conviene consultar en su agencia tributaria si piden el documento para la DGT.

¿Las cuotas fijas se aplican a los coches históricos?

No. Aragón, Canarias, Cantabria y la Comunitat Valenciana excluyen expresamente a los vehículos históricos, que tributan por su valor.

También te puede interesar